Versión corta Actualización diciembre 2023
Este documento y sus anexos contienen los términos y condiciones particulares de apertura de crédito utilizable a través del crédito “SU+PAY”. El Deudor debe tomarse el tiempo para leerlo atentamente y comprender el alcance de las obligaciones tanto de Intercrédito de Colombia S.A.S, como del deudor.
- PARTES:
- ACREEDOR. INTERCRÉDITO DE COLOMBIA S.A.S:
Nit. 800.139.398-6
Domicilio: Medellín
Información general en: https://www.mundosumas.com/sumaspay/
*En adelante “el Acreedor”
- DEUDOR:
C.C. Nro _________
Domicilio _____
Correo Electrónico ________
Celular ______
*En adelante “el Deudor”
2. OBJETO:
CRÉDITO. El Acreedor pondrá a disposición del Deudor en calidad de préstamo, un monto de dinero, en adelante “Cupo de Crédito”, el cual el Deudor se obliga restituir incondicionalmente a el Acreedor de conformidad con los plazos y demás condiciones señaladas en el Contrato y/o sus respectivos anexos, de acuerdo con el uso del mismo (en adelante “Uso del Cupo de Crédito”).
El cupo de crédito será informado a través de los canales y medios dispuestos por el Acreedor los cuales puedes consultar en el *Manual de Crédito* y en https://www.mundosumas.com/sumaspay/
NOTA: El monto del Cupo de Crédito aprobado podrá ser disminuido por las razones expuesta en el *Manual de Crédito*.
DESTINACIÓN DEL CUPO DE CRÉDITO. La destinación del cupo de crédito se encuentra detallada en el *Manual de Crédito*.
*El Acreedor informará a través de los canales y medios dispuestos por él, el monto aprobado, las condiciones de uso y destinación y demás particularidades del Cupo de Crédito al Deudor, esta información formará parte integral del Contrato, y como tal obligará a Las Partes.
3. PLAZO
El plazo del Contrato será igual a la vigencia de cada Uso del Cupo de Crédito, de conformidad con el termino establecido en el Anexo 1. Plan de pagos de cada operación.
NOTA: El Deudor renuncia irrevocablemente a cualquier presentación, reconvención privada o judicial, denuncia, reclamación, constitución en mora, requerimiento o notificación judicial o extrajudicial adicional de cualquier naturaleza.
4. INTERESES REMUNERATORIOS. Cada Uso del Cupo de Crédito realizado por el Deudor devengará intereses remuneratorios sobre el saldo insoluto del capital de cada operación, la tasa de interés remuneratorio corresponde a una tasa variable, que está determinada en el Anexo 1. Plan de pagos de cada operación, sin que en ningún caso supere una y media (1,5) veces el Interés Bancario Corriente (“IBC”) certificado por la Superintendencia Financiera de Colombia para créditos de consumo y ordinario, vigente para cada uno de los días sobre los cuales se liquida cada cuota.
NOTA: Estos Anexos (Anexo 1. Plan de pagos de cada operación) de cada operación o Uso del Cupo de Crédito, estarán disponibles para el Deudor, como declaración expresa que fueron informados sobre el interés remuneratorio vigente antes y para el momento de la firma de este.
El interés pactado es en todo caso variable, por ende, las fluctuaciones en la tasa de interés podrán ocasionar variaciones en el valor de la última cuota del plan de pagos de cada uso del cupo aprobado, en tanto que ésta puede aumentar o disminuir atendiendo a las variaciones del IBC, más los anteriores factores. Es por esta razón que, las Partes acuerdan aquí la posibilidad de extender las cuotas por un plazo superior al establecido en el plan de pagos, en las mismas condiciones del uso, lo anterior a solicitud delDeudor, y previo análisis y aprobación por parte de INTERCRÉDITO
5. INTERESES DE MORA. En caso de falta de pago en los plazos y condiciones señalados en el Contrato y sus anexos, se causarán intereses a la máxima tasa de interés moratorio permitida por las normas comerciales vigentes en la República de Colombia.
FORMA DE PAGO. Los pagos a los cuales se refieren los Anexo 1. Plan de pagos de cada operación, deberán ser realizados por El Deudor a través de los canales dispuestos por el Acreedor en: https://www.mundosumas.com/pagatucreditosumaspay/
6. FECHA LÍMITE DE PAGO DE LAS CUOTAS. Se establecerá como fecha límite de pago de la cuota, la fecha indicada en los Anexo 1. Plan de pagos de cada operación, Uso de Cupo de Crédito.
7. IMPUTACIÓN DE PAGOS. Los pagos efectuados por El Deudor, serán imputados por el Acreedor en el siguiente orden:
- Gastos de cobranza (en caso de que se generen);
- saldo por concepto de avales que el Acreedor se encuentre autorizado a cobrar a nombre de terceros;
- Interésese de mora;
- intereses remuneratorios;
- capital, en este orden serán imputados para cada Uso del Cupo de Crédito.
NOTA: El Deudor deberá tener en cuenta que, si realiza un pago, y uno de los Usos del Cupo de Crédito se encuentra en mora, este pago será imputado a los valores adeudados por tal operación, en el orden determinado anteriormente.
8. PAGO ANTICIPADO TOTAL O PARCIAL. El Deudor puede realizar pagos anticipados parciales bajo las siguientes condiciones: (i) En general, El Deudor puede realizar pagos anticipados y dichas sumas se imputarán al capital adeudado, lo cual genera una reducción en el plazo del crédito, pero no lo exime del pago de las cuotas (capital más intereses) inmediatamente siguientes a la cuota en que realizó el pago anticipado.
9. GARANTIAS. El Deudor suscribirán en favor del Acreedor, un pagaré en blanco con carta de instrucciones de diligenciamiento, con el fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones a su cargo. Este título Valor se encontrará identificado con el número de Cupo de Crédito asignado para el Deudor, y será el respaldo para todos los Usos del Cupo de Crédito efectuados por este. Es importante anotar que tanto el pagaré como su carta de instrucciones hacen parte integral del Contrato. Ver pagaré y carta de instrucciones.
10. AVALISTA. El Deudor declara que conoce que para acceder al crédito se requiere el otorgamiento de un Aval por un tercero con suficiencia patrimonial.
Parágrafo Primero. El Acreedor ha puesto a disposición de El deudor empresas independientes con suficiencia patrimonial cuya actividad económica principal es el otorgamiento de avales sobre pagarés.
Parágrafo Segundo. El Deudor manifiesta que conoce y entiende, que el avalista que pague ante un eventual incumplimiento por parte del Deudor, adquiere los derechos derivados del Pagaré que se suscribe en virtud del Contrato, respecto del Deudor.
Parágrafo Tercero. Las partes acuerdan expresamente que en caso de que el avalista cancele la totalidad del crédito, éste último se subrogará en todos los derechos del Acreedor, quedando facultado para perseguir el pago por parte del Deudor.
NOTA: Las condiciones del Aval se encuentran consagradas en el Contrato de Prestación de Servicios de Aval que suscribe el Deudor con el avalista.
11. CODEUDOR. el Acreedor debido a las políticas de crédito vigentes a la fecha de firma del Contrato, podrá exigir como requisito para el otorgamiento del crédito un Deudor Solidario, quien firma conjuntamente con ElEl Deudor el Contrato y los demás documentos que se requieran por parte del Acreedor para el otorgar el préstamo.
12. COBROS ADICIONALES. Además de la parte proporcional del capital y los intereses remuneratorios correspondientes, de El Deudor deberá pagar en las cuotas mensuales y hasta que se produzca la cancelación total de las obligaciones, los siguientes cargos adicionales: La suma correspondiente a el AVAL, honorarios de cobranza (cuando corresponda), entre otros que hagan parte del crédito y hayan sido acordados con El Deudor, para cada uno de los Usos del Cupo de Crédito aprobado.
NOTA La eventual falta de ejercicio por parte del Acreedor de cualquiera de los derechos que este Contrato le concede, así como el otorgamiento a El Deudor bajo cualquier forma jurídica de una prórroga en los plazos pactados, no implicará la renuncia a los derechos ni garantías establecidas en el Contrato, ni impedirá a el Acreedor ejercer tales derechos u otros en lo sucesivo.
13. AUTORIZACION PARA EL TRATAMIENTO DE DATOS con la firma de este documento manifiesto y declaro que: (i) He sido informado por el Acreedor sobre la política para el tratamiento de mi información personal y el uso de privacidad, y que podré consultarlas a través de la página web www.mundosumas.com; (ii) Dentro de los datos que autorizo recolectar y tratar se encuentran datos sensibles, por lo que reconozco que el Acreedor me han informado que el suministro de tales datos será facultativo; (iii) Durante el proceso de solicitud de crédito o la vigencia de las obligaciones por mi contraídas con el Acreedor o cesionarios, entregaré datos personales de contacto y ubicación, oficio, profesión, ingresos, egresos, referencias bancarias, personales o familiares, crediticios y financieros, así como lo que se me soliciten para el cumplimiento de las finalidades ya mencionadas, (iv) Como titular de mi información, tengo derecho a acceder en forma gratuita a los datos proporcionados que hayan sido objeto de tratamiento, solicitar prueba de la autorización otorgada, presentar ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) quejas por infracciones a lo dispuesto en la normatividad vigente, conocer, actualizar, corregir, suprimir y revocar mis datos personales, en los términos señalados en la política de tratamiento de datos personales de el Acreedor a través del correo electrónico datospersonales@mundosumas.com.
NOTA: Con la firma del presente documento Autorizó el tratamiento de mis datos para las finalidades descritas en el Anexo 2 – Autorización para el tratamiento de datos personales y en la Política de tratamiento de datos del Acreedor.
14. CLÁUSULA ACELERATORIA. Las partes acuerdan que el Acreedor podrá declarar extinguido el plazo y exigir el pago de la totalidad del Préstamo y demás valores a que haya lugar en los siguientes casos:
- Mora en el pago de cualquier suma de dinero;
- Incumplimiento de cualquier obligación de este Contrato y/o cualquier otro contrato celebrado con el Acreedor;
- Si los bienes del Deudor son embargados o perseguidos judicialmente por cualquier persona y en ejercicio de cualquier acción;
- Cualquier otro evento contenido en este Contrato o en las leyes aplicables;
- En caso de que se presenten modificaciones a las condiciones de la aprobación del crédito.
- las demás causales estipuladas a lo largo del contrato y en sus anexos.
15. CONSTITUCIÓN EN MORA. El Deudor con la firma del Contrato y sus anexos, manifiesta que el Contrato presta merito ejecutivo para las obligaciones de dar y hacer en el contenida, sin necesidad de requerimiento o constitución en mora, derecho a los que renuncia.
16. POLITICAS. Con la firma del Contrato declaró que conozco y acepto los términos contenidos en los siguientes documentos:
Manual de Crédito
Política de tratamiento de datos de Intercrédito de Colombia S.A.S
Política de tratamiento de datos de Avales y Riesgos S.A.S
NOTA: Las políticas y documentos anteriormente relacionados se encuentran a disposición del Deudor en https://www.mundosumas.com/nuestraspoliticas/
17. ANEXOS DEL CONTRATO. Los siguientes documentos forman parte integral del Contrato, El Deudor con la firma de este documento declara que conoce y acepta el contenido de cada uno:
Contrato de Mutuo
Pagaré y Carta de Instrucciones
Autorización para el tratamiento de datos
Contrato de Prestación de Servicios del Aval
Anexo 1. Plan de pagos – términos y condiciones financieros de cada operación.
Anexo Nro. 2 Factura de venta y/o soporte de desembolso de los recursos.
NOTA. El Deudor manifiesta que suscribe de manera libre este contrato y los documentos anteriormente relacionados a través del mecanismo de firma electrónica por medio del mensaje de datos (Check boxs y OTP).
Para constancia se firma este documento y sus anexos a través del mecanismo de firma electrónica, en virtud del mensaje de datos (OTP y Check Box), en la ciudad de Medellín el dia ________ del mes ______ del año ___________
EL DEUDOR,
Firma _________________
Nombre ______________
C.C. _____________________
Email ____________________
Celular __________________
IP: _______________________
HASH: ___________________
Fecha y Hora: _________________