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PAGARÉ NO. ______ A LA ORDEN DE ________________________

LA SUMA DE: $_________________________

VENCIMIENTO: _________________________

Yo (Nosotros), identificado(s) como aparece al pie de la(s) correspondiente(s) firma(s), actuando en la(s) calidad(es) allí indicada(s), (adelante “el (los) Deudor (es)”) promete(n) de manera incondicional, solidaria, indivisible e irrevocablemente pagar a la orden de ________________________, identificada con NIT __________________, sociedad comercial debidamente constituida, con domicilio principal en la ciudad de __________________, (en adelante el “Acreedor”), o a quien represente sus derechos; en sus oficinas en la ciudad de __________________, en dinero en efectivo, la suma de _________________________________________________M/L ($ ____________________________________) M/L el día ____ de ____________ de __________.

En caso de incumplimiento o retardo en la cancelación de la obligación a la fecha de vencimiento, sin perjuicio de las acciones legales del Acreedor, me(nos) obligo(amos) a pagar, además, sobre el valor de este pagaré, un interés de mora, liquidado a la máxima tasa que legalmente que esté permitida al momento que se cause, durante todo el tiempo en que me(nos) encuentre(encontremos) sin satisfacer la obligación y sin necesidad de requerimiento previo, a lo que desde ahora renuncio(amos) expresamente.

En caso de iniciarse la acción judicial, la competencia por razón del territorio del cumplimiento de la obligación, será, a elección del Acreedor o tenedor del pagaré.

Todos los gastos que cause este título valor, serán a mi (nuestro) cargo, lo mismo que los honorarios de abogado y las costas del cobro, haya o no proceso.

Así mismo, el Acreedor quedará facultado para lo siguiente:

  1. Declarar vencido el plazo y exigir el pago total de la obligación, más los intereses corrientes y de mora, y demás gastos, en el evento de mora en el pago de la obligación al vencimiento, o de cualquier otra obligación que directa o indirectamente tenga el (los) Deudor (es) para con el Acreedor, o si los bienes del (los) Deudor (es) son embargados o perseguidos por cualquier persona en el ejercicio de cualquier acción.
  2. Consultar, verificar, reportar, procesar y divulgar toda la información que se refiera a su comportamiento financiero, comercial y de servicios ante cualquier Operador de la Información (Central de Riesgo), ante oficinas de catastro tanto municipales como departamentales, o a cualquier entidad o fuente de información pública o privada, nacional, extranjera o multilateral que administre o maneje bases de datos, para fines comerciales y de servicios de crédito.
  3. El Acreedor se encuentre autorizado por un tercero avalista del pagaré a cobrar a su nombre a el(los) Deudor(es), en ambos casos, correspondientes a los saldos insolutos de capital de las sumas desembolsadas y/o adeudadas a cualquier título, incluyendo las sumas declaradas vencidas por cualquier aceleración, de conformidad con lo previsto en esta instrucción.
  4. Declarar extinguido el plazo y exigir el pago de la totalidad del Préstamo y demás valores a que haya lugar en los siguientes casos: (a) Mora en el pago de cualquier suma de dinero; (b) Incumplimiento de cualquier obligación de este Contrato y/o cualquier otro contrato celebrado con Intercrédito; (c) Cualquier otro evento contenido en este Contrato o en las leyes aplicables; (k) Por insolvencia del (los) Deudor (es).

Parágrafo. El(los) Deudor(es) renuncia(n) irrevocablemente a cualquier presentación, reconvención privada o judicial, denuncia, reclamación, constitución en mora, requerimiento o notificación judicial o extrajudicial adicional de cualquier naturaleza.

CARTA DE INSTRUCCIÓN

Señores
 ________________________
Medellín

Apreciados señores:

Yo (Nosotros), identificado(s) como aparece al pie de la(s) correspondiente(s) firma(s), actuando en la(s) calidad(es) allí indicada(s), (adelante “el (los) Deudor (es)” he(mos) suscrito a la orden de ustedes el pagaré por valor de _________________________________________________________________________M/L ($_____________________), con los espacios en blanco, de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 622 del Código de comercio, le(s) imparto(imos) a ustedes las instrucciones irrevocables y permanentes, conforme a las cuales, sin previo aviso podrán llenar en cualquier momento todos y cada uno de los espacios dejados en blanco en el título que debidamente firmados les entregué(amos) y otorgué(amos) a su favor.

  1. La fecha de vencimiento será aquella en la cual se llene el título y serán exigibles inmediatamente todas las obligaciones en él contenidas a mi(nuestro) cargo, sin necesidad que se nos requiera judicial o extrajudicialmente, para su cumplimiento.

 

  1. La cuantía será igual al monto de las sumas consagradas en las facturas, contratos, alianzas o acuerdos comerciales suscritos y/o adeudados a la sociedad ___________________________.

 

  1. La tasa a la cual se liquidarán los intereses corrientes y de mora, será la máxima permitida por las disposiciones vigentes al día que se diligencie el título.

 

  1. El lugar de pago del título será la ciudad de Medellín.

 

  1. La fecha de suscripción corresponderá a la fecha en que se firma el pagaré.

 

  1. El Acreedor se encuentre autorizado por un tercero avalista del pagaré a cobrar a su nombre a el(los) Deudor(es), en ambos casos, correspondientes a los saldos insolutos de capital de las sumas desembolsadas y/o adeudadas a cualquier título, incluyendo las sumas declaradas vencidas por cualquier aceleración, de conformidad con lo previsto en esta instrucción.

 

El pagaré así lleno, será exigible inmediatamente y prestará mérito ejecutivo sin más requisitos, que el constatar el incumplimiento de las obligaciones consagradas en las facturas, acuerdos y/o contratos.

Para Constancia firmamos en la ciudad de ________________, a los _______ días del mes de ________________ de ____________________.

DEUDOR PRINCIPAL,
Firma: __________________________
Nombre: (Este campo debe contener el nombre del deudor)