PAGARÉ NO. ______ A LA ORDEN DE ________________________
LA SUMA DE: $_________________________
VENCIMIENTO: _________________________
Yo (Nosotros), identificado(s) como aparece al pie de la(s) correspondiente(s) firma(s), actuando en la(s) calidad(es) allí indicada(s), (adelante “el (los) Deudor (es)”) promete(n) de manera incondicional, solidaria, indivisible e irrevocablemente pagar a la orden de ________________________, identificada con NIT __________________, sociedad comercial debidamente constituida, con domicilio principal en la ciudad de __________________, (en adelante el “Acreedor”), o a quien represente sus derechos; en sus oficinas en la ciudad de __________________, en dinero en efectivo, la suma de _________________________________________________M/L ($ ____________________________________) M/L el día ____ de ____________ de __________.
En caso de incumplimiento o retardo en la cancelación de la obligación a la fecha de vencimiento, sin perjuicio de las acciones legales del Acreedor, me(nos) obligo(amos) a pagar, además, sobre el valor de este pagaré, un interés de mora, liquidado a la máxima tasa que legalmente que esté permitida al momento que se cause, durante todo el tiempo en que me(nos) encuentre(encontremos) sin satisfacer la obligación y sin necesidad de requerimiento previo, a lo que desde ahora renuncio(amos) expresamente.
En caso de iniciarse la acción judicial, la competencia por razón del territorio del cumplimiento de la obligación, será, a elección del Acreedor o tenedor del pagaré.
Todos los gastos que cause este título valor, serán a mi (nuestro) cargo, lo mismo que los honorarios de abogado y las costas del cobro, haya o no proceso.
Así mismo, el Acreedor quedará facultado para lo siguiente:
- Declarar vencido el plazo y exigir el pago total de la obligación, más los intereses corrientes y de mora, y demás gastos, en el evento de mora en el pago de la obligación al vencimiento, o de cualquier otra obligación que directa o indirectamente tenga el (los) Deudor (es) para con el Acreedor, o si los bienes del (los) Deudor (es) son embargados o perseguidos por cualquier persona en el ejercicio de cualquier acción.
- Consultar, verificar, reportar, procesar y divulgar toda la información que se refiera a su comportamiento financiero, comercial y de servicios ante cualquier Operador de la Información (Central de Riesgo), ante oficinas de catastro tanto municipales como departamentales, o a cualquier entidad o fuente de información pública o privada, nacional, extranjera o multilateral que administre o maneje bases de datos, para fines comerciales y de servicios de crédito.
- El Acreedor se encuentre autorizado por un tercero avalista del pagaré a cobrar a su nombre a el(los) Deudor(es), en ambos casos, correspondientes a los saldos insolutos de capital de las sumas desembolsadas y/o adeudadas a cualquier título, incluyendo las sumas declaradas vencidas por cualquier aceleración, de conformidad con lo previsto en esta instrucción.
- Declarar extinguido el plazo y exigir el pago de la totalidad del Préstamo y demás valores a que haya lugar en los siguientes casos: (a) Mora en el pago de cualquier suma de dinero; (b) Incumplimiento de cualquier obligación de este Contrato y/o cualquier otro contrato celebrado con Intercrédito; (c) Cualquier otro evento contenido en este Contrato o en las leyes aplicables; (k) Por insolvencia del (los) Deudor (es).
Parágrafo. El(los) Deudor(es) renuncia(n) irrevocablemente a cualquier presentación, reconvención privada o judicial, denuncia, reclamación, constitución en mora, requerimiento o notificación judicial o extrajudicial adicional de cualquier naturaleza.
CARTA DE INSTRUCCIÓN
Señores
________________________
Medellín
Apreciados señores:
Yo (Nosotros), identificado(s) como aparece al pie de la(s) correspondiente(s) firma(s), actuando en la(s) calidad(es) allí indicada(s), (adelante “el (los) Deudor (es)” he(mos) suscrito a la orden de ustedes el pagaré por valor de _________________________________________________________________________M/L ($_____________________), con los espacios en blanco, de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 622 del Código de comercio, le(s) imparto(imos) a ustedes las instrucciones irrevocables y permanentes, conforme a las cuales, sin previo aviso podrán llenar en cualquier momento todos y cada uno de los espacios dejados en blanco en el título que debidamente firmados les entregué(amos) y otorgué(amos) a su favor.
- La fecha de vencimiento será aquella en la cual se llene el título y serán exigibles inmediatamente todas las obligaciones en él contenidas a mi(nuestro) cargo, sin necesidad que se nos requiera judicial o extrajudicialmente, para su cumplimiento.
- La cuantía será igual al monto de las sumas consagradas en las facturas, contratos, alianzas o acuerdos comerciales suscritos y/o adeudados a la sociedad ___________________________.
- La tasa a la cual se liquidarán los intereses corrientes y de mora, será la máxima permitida por las disposiciones vigentes al día que se diligencie el título.
- El lugar de pago del título será la ciudad de Medellín.
- La fecha de suscripción corresponderá a la fecha en que se firma el pagaré.
- El Acreedor se encuentre autorizado por un tercero avalista del pagaré a cobrar a su nombre a el(los) Deudor(es), en ambos casos, correspondientes a los saldos insolutos de capital de las sumas desembolsadas y/o adeudadas a cualquier título, incluyendo las sumas declaradas vencidas por cualquier aceleración, de conformidad con lo previsto en esta instrucción.
El pagaré así lleno, será exigible inmediatamente y prestará mérito ejecutivo sin más requisitos, que el constatar el incumplimiento de las obligaciones consagradas en las facturas, acuerdos y/o contratos.
Para Constancia firmamos en la ciudad de ________________, a los _______ días del mes de ________________ de ____________________.
DEUDOR PRINCIPAL,
Firma: __________________________
Nombre: (Este campo debe contener el nombre del deudor)